El Tecnólogo en seguridad y salud en el trabajo de la Universidad Autónoma de Bucaramanga según el artículo 5° de la Resolución 1111 de 2017 podrá desempeñarse en empresas de menos de diez (10) trabajadores clasificadas en riesgo I, II, III, según lo establecido en el Decreto 1607 de 2002, o la norma que la adicione o sustituya en cargos como:
- Coordinador del SG-SST
- Supervisor del SG-SST
- Administrador del SG-SST
- Inspector de Seguridad y Salud en el Trabajo